LEGISLACIÓN SINDICAL


El derecho de asociación sindical tiene vigencia en nuestro país desde la expedición de la ley 83 de 1931. El primer estatuto en Colombia para regular la actividad sindical, el derecho de asociación y libertad sindical, y que constituyo un avance legislativo en materia laboral, anticipando la noción y protección del derecho de asociación sindical, consagrados en 1948 y 1949 con los convenios 87 y 98 de la organización internacional del trabajo (OIT).


Ley 26 de 1976 por la cual se aprueba el Convenio Internacional del Trabajo, relativo a la Libertad Sindical y a la Protección del Derecho de Sindicación adoptado por la Trigesimaprimera Reunión de la Conferencia General de la Organización Internacional del Trabajo.

Ley 27 de 1976 Por la cual se aprueba el Convenio Internacional del Trabajo, relativo a la aplicación de los principios del Derecho de Sindicación y de Negociación Colectiva, adoptado por la Conferencia General de la Organización Internacional del Trabajo.

Ley 50 de 1990 Por la cual se introducen reformas al Código Sustantivo del Trabajo y se dictan otras disposiciones

Artículo 38. Se garantiza el derecho de libre asociación para el desarrollo de las distintas actividades que las personas realizan en sociedad.
Artículo 39. Los trabajadores y empleadores tienen derecho a constituir sindicatos o asociaciones, sin intervención del Estado. Su reconocimiento jurídico se producirá con la simple inscripción del acta de constitución. No gozan del derecho de asociación sindical los miembros de la Fuerza Pública.
Artículo 55. Se garantiza el derecho de negociación colectiva para regular las relaciones laborales, con las excepciones que señale la ley. Es deber del Estado promover la concentración y los demás medios para la solución pacífica de los conflictos colectivos de trabajo.
Artículo 56. Se garantiza el derecho de huelga, salvo en los servicios públicos esenciales definidos por el legislador. La ley reglamentará este derecho. Una comisión permanente integrada por el Gobierno, por representantes de los empleadores y de los trabajadores, fomentará las buenas relaciones laboral.


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